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PROA+


OBJETO

  1. Establecer en régimen de concurrencia competitiva el procedimiento para participar en el Programa plurianual 2021-2024 del Programa de Cooperación Territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo Proa+ “Transfórmate”, a desarrollar en centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte.
  2. Asimismo, se establece la organización y el funcionamiento del Programa con el objetivo final de potenciar
    la mejora de los resultados escolares de todo el alumnado, especialmente de aquel más vulnerables,
    incrementando el porcentaje del mismo que permanece en el Sistema Educativo de los centros públicos que
    presentan una mayor complejidad educativa.

DESTINATARIOS

  1. El Programa está dirigido a los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte que tengan un porcentaje mínimo del 30% de alumnado vulnerable, se encuentren en zonas ERACIS o tengan Planes de compensación educativa y que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria (incluyendo Formación Profesional Básica) y enseñanzas Postobligatorias de Bachillerato y/o Ciclos Formativos de Grado Medio, y cuya denominación se encuentren en el Anexo I de la presente Resolución.
  2. Se entiende por alumnado vulnerable aquel que presente alguna de las circunstancias que se describen a continuación: necesidades asistenciales (alimentación, vivienda y suministros básicos, etc.), escolares (clima familiar propicio, brecha digital, material escolar, etc.), necesidades socioeducativas (actividades complementarias, extraescolares, etc.), necesidades educativas especiales, altas capacidades, dificultades específicas de aprendizaje, incorporación tardía al Sistema Educativo y dificultades para el aprendizaje por necesidades no cubiertas. Todas ellas barreras que condicionan, potencial o efectivamente, las posibilidades de éxito educativo del alumnado.
  3. Para participar en el Programa los centros deberán contar con la aprobación de un mínimo del 60% del profesorado del Claustro de Profesorado.
  4. El destinatario último es el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria (incluyendo Formación Profesional Básica) y enseñanzas Postobligatorias de Bachillerato y/o Ciclos Formativos de Grado Medio, con especial atención al alumnado vulnerable por causas socioeducativas.

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